Lo que no sabías de CONFOTUR
octubre 7, 2024Apartamentos en venta en Punta Cana
noviembre 6, 2024La nueva reforma fiscal que se implementará en República Dominicana, impacta el sector inmobiliario.
Es por eso que les planteamos como se pueden visualizar las posibles acciones, reacciones y alternativas para enfrentar positivamente el impacto que tiene en los propietarios de viviendas e inversiones inmobiliarias dicha reforma fiscal.
En primer lugar, cabe destacar que las nuevas medidas fiscales van a representar un dolor de cabeza al afectar el bolsillo de los dueños de una vivienda, una segunda residencia de vacaciones y de quienes tienen inversiones inmobiliarias.
En segundo lugar, partiendo que lo recaudado deberá ser invertirlo en favor de todos, construyendo nuevas carreteras, centros de salud, escuelas, etc., se presume que en el mediano y largo plazo en República Dominicana se mantendrá un ambiente de crecimiento económico, beneficiando a todos los dominicanos y redundando en un clima agradable de inversión en el sector inmobiliario.
MEDIDAS DE LA REFORMA FISCAL QUE IMPACTAN DIRECTAMENTE AL SECTOR INMOBILIARIO:
1) Se deroga la exención del pago del Impuesto sobre la Renta y Dividendos establecido por la Ley de Fideicomiso y Desarrollo Inmobiliario para igualar el tratamiento de los fideicomisos al de las personas jurídicas, se mantiene el Bono ITBIS y el tratamiento impositivo de los Fideicomisos Sucesorales y de Garantía.
2) Se eliminan los incentivos al sector turismo contemplados en los párrafos II, III y IV del artículo 1; el artículo 2; el párrafo único del artículo 3; y los artículos 4, 5, 6, 7 y 14 de la Ley No. 158-01 de Fomento al Desarrollo Turístico y sus modificaciones (Confotur). Esta ley exoneraba el pago de impuestos a un inmueble durante 15 años.
3) Se reestructura el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) para que de ahora en adelante el mínimo exento quede establecido en el valor equivalente de una vivienda de bajo costo (5 millones 025 mil 380.75 pesosRD$5,025,380.75) y se cobre una tasa de 1 % del excedente cuando el valor de los inmuebles se encuentre por encima. Se incluye el valor conjunto de las mejoras y de los solares en el patrimonio inmobiliario gravado.
El IPI vigente antes de la nueva reforma fiscal para personas físicas aplica una tasa de 1% sobre el valor excedente de (RD$9,860,649.00) del patrimonio gravado, dejando una diferencia que ahora pagará por un valor de RD$4,835,268.25 multiplicados por el 1% es equivalente a un impuesto de RD$RD$48,352.68 en el más alto de los casos que sea su diferencia a pagar en relación al excedente de su patrimonio.
¿Tienes alguna pregunta sobre este u otros temas del sector inmobiliario? Comunícate al 829-772-8259